La sociedad por acciones simplificada (SAS) es la que se constituye con una o más personas físicas que solamente están obligadas al pago de sus aportaciones representadas en acciones.
Este esquema de sociedad mercantil tiene como objetivo eliminar la informalidad, simplificar el proceso de constitución para micro y pequeñas empresas, crear un nuevo régimen societario constituido por uno o más accionistas (personas físicas), establecer un proceso de constitución administrativa con todos los efectos legales, y fomentar el crecimiento de estas empresas para que, en lo futuro, adopten formas más sofisticadas de operación y administración.
Las SAS buscan dar solución en lo posible a la problemática existente en nuestro país en lo referido a costos (notariales, derechos, etc.), tiempos (la duración del trámite), y también lo que implica tomar una decisión importante como lo es conseguir un socio para constituir legalmente una sociedad mercantil en México. La creación en un día y en forma gratuita de este tipo de sociedades, se implementó también con el fin de incentivar la creación de micro y pequeñas empresas, dentro de un ambiente de emprendimiento cada vez más presente en el país. Es un nuevo régimen jurídico que posibilita a que una o más personas físicas constituyan una empresa por intermedio de medios electrónicos con todos los efectos legales.
Obligaciones de las Sociedades Por Acciones Simplificadas
A. Difundir en el Sistema Electrónico de Publicaciones de Sociedades Mercantiles
- Los contratos celebrados entre el accionista único y la Sociedad
- El Aviso cuando se haya suscrito y pagado la totalidad del capital social
- La Convocatoria de Asamblea de Accionistas
- El Informe anual sobre la situación financiera de la Sociedad
- El Aviso sobre las inscripciones que se realicen en el libro de registro de acciones del aumento o disminución del capital social variable
B. Todas las acciones deberán pagarse en el plazo establecido por los accionistas, en menos de un año
C. Llevar el libro del registro de acciones de la Sociedad
D. Cambiar de tipo de Sociedad una vez que se rebase el monto de ingreso anual de 5 millones de pesos
Características:
- Podrás constituir tu empresa a partir de uno o más socios (solamente personas físicas).
- En caso de controversia, los accionistas tienen una responsabilidad limitada, protegiendo su patrimonio.
- El capital puede ser a partir de $1 peso y podrán utilizar medios electrónicos para la toma de acuerdos entre los accionistas.
- Los ingresos anuales no podrán superar los 5 millones de pesos (cifra actualizable en el DOF).
Beneficios:
- Rapidez: Es un trámite totalmente en línea, sin la necesidad de acudir a ninguna oficina y desde cualquier dispositivo electrónico.
- Gratuidad: No genera gastos en la constitución de la sociedad.
- Unipersonal: Es el único régimen que permite constituir una sociedad a partir de una persona física.
- Formalidad: Permite acceder a esquemas de financiamiento, de seguridad social, entre otros.
- Crecimiento: Permite que las empresas permanezcan y crezcan, generando más empleos.
Requisitos:
- Firma electrónica (e. firma) de todos los accionistas
- Que alguno de los accionistas cuente con la autorización de la denominación de la sociedad que puede obtener en línea.
- Ingresos anuales que no excedan los 5 millones de pesos
- En ningún caso, los accionistas podrán ser simultáneamente accionistas con toma de decisión de otro tipo de sociedad mercantil (por ejemplo: administrador, mayoría accionaria, etc.)
Tratamiento Fiscal:
En la Ley del Impuesto Sobre la Renta se apertura el Capítulo VIII De la opción de Acumulación de Ingresos por Personas Morales (artículos 196 a 201 LISR), y entre sus beneficios esta que las Sociedades Por Acciones Simplificadas deben acumular sus ingresos al momento de recibir el cobro de sus facturas y no al momento de emisión de la factura, de igual manera sus deducciones se realizan en el momento de pago a proveedores y acreedores, esta mecánica es aplicable también al Impuesto al Valor Agregado.
Estas sociedades no deducen costo de venta, deducen la adquisición de mercancías.
Como se vio en el presente artículo este tipo de sociedades representan una apertura al desarrollo económico del país, brindando una oportunidad a bajo costo; gracias a los medios electrónicos de la Secretaría de Economía.
Surge para dar apoyo a los emprendedores para que su actividad opere dentro del marco legal y ofertando la posibilidad de encontrar mecanismos de financiamiento, seguridad laboral, crecimiento económico. Es importante resaltar que estas sociedades cuentan con todas las capacidades jurídicas necesarias para operar.
