Es la herramienta electrónica denominada Informativa de Contratos de Servicios u Obras Especializados (ICSOE) implementada y administrada por el Instituto Mexicano del Seguro Social a través de la cual los prestadores de servicios o ejecutores de obras especializadas reportarán al Instituto la información de los contratos celebrados en materia de subcontratación de servicios especializados o de ejecución de obra especializada.

Su objetivo es facilitar el cumplimiento de la obligación periódica de presentar al Instituto la información de los contratos realizados, conforme al cuatrimestre de que se trate.

El aplicativo está dirigido a personas físicas y morales que formen parte del Padrón Público de Contratistas de Servicios u Obras Especializadas a cargo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

La información a enterar debe ser enviada dentro de los primeros 17 días de los meses de mayo, septiembre y enero toda vez que el periodo es cuatrimestral. En el supuesto de que el último día de vencimiento sea inhábil se recorrerá al siguiente día hábil.

La documentación se basa en tres puntos específicos, el 1ro Información general del contratista
y del contratante, 2do Del contrato (especificaciones de periodo, vigencia y relación de trabajadores), 3ro Copia simple del REPSE emitido por la STPS.

El envío de esta informativa tiene su fundamento legal en Artículo 15 A de la Ley del Seguro Social. La contratación de servicios especializados o la ejecución de obras especializadas deberán cumplir con las condiciones y requisitos establecidos en la Ley Federal del Trabajo.

La persona física o moral que contrate la prestación de servicios o la ejecución de obras con otra persona física o moral que incumpla las obligaciones en materia de seguridad social, será responsable solidaria en relación con los trabajadores utilizados para ejecutar dichas contrataciones.

La persona física o moral que preste servicios especializados o ejecute obras especializadas deberá proporcionar cuatrimestralmente a más tardar el día 17 de los meses de enero, mayo y septiembre, la información de los contratos celebrados en el cuatrimestre de que se trate.

Es un proceso totalmente en línea, y en el caso de no cumplir con la obligación el IMSS podría sancionar con una multa de 500 a 2000 UMA´s de acuerdo a lo establecido en el artículo 304 A, párrafo primero, fracción XXII, en relación con el artículo 304 B, párrafo primero, fracción V, ambos de la Ley del Seguro Social.

Conforme al presente artículo es importante que el prestador de servicios especializados o ejecutor de obra especializada, del 1 al 17 de septiembre presente la información de sus contratos correspondientes al primero y segundo cuatrimestre de 2021.